Reforma al Reglamento de Calderas
Debido a la inexistencia de un marco de ley que facultara al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o a su Departamento de Medicina, Higiene y Seguridad, a otorgar permisos de instalación y/o funcionamiento de calderas, tal y como estaba establecido en el Decreto Ejecutivo No. 26789-MTSS “Reglamento de Calderas”, se ha reformado ese Decreto para solventar esta situación, mediante el Decreto Ejecutivo No. 40306-S-MTSS publicado en el Alcance No. 90 a la Gaceta No. 78 del 26 de abril pasado.
El Decreto No. 26789-MTSS, publicado en abril de 1998, violentaba el Principio de Legalidad de nuestro ordenamiento jurídico, no por exigir permisos de instalación o funcionamiento de las calderas, sino por el ente administrativo que los otorgaba.
Es así que, con la reforma a ese Decreto, esa función se traslada ahora al Ministerio de Salud, el cual sí goza de esa competencia gracias a los Artículos 2, 38, 293 de la Ley No. 5395, Ley General de Salud, junto con el Artículo 283 del Código de Trabajo, Ley No. 2, y disposiciones de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley No. 5412.
Con esta reforma entonces, a partir de ahora, todo trámite para solicitar permisos de instalación y/o funcionamiento de calderas, incluyendo renovaciones, deberá tramitarse ante el Ministerio de Salud, siendo la Dirección de Protección al Ambiente Humano la encargada de otorgar el permiso.
Se amplía la figura del “Inspector de Caldera”, ahora denominada “Persona Profesional Inspectora de Calderas”, para que esa función sea autorizada además de profesionales del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos también lo sean profesionales del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines. En todo caso, los interesados en ejercer esta función deberán obtener la autorización del Ministerio de Salud, previa recomendación del Colegio Profesional respectivo.
Se fortalecen también otras disposiciones actuales sobre la Persona Profesional Inspectora de Calderas, el Libro de Bitácora, y otros más.
El Departamento de Medicina, Seguridad e Higiene Ocupacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social trasladará a la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, todo documento, archivos, base de datos y demás información impresa, escrita o digitalizada, correspondiente a los Permisos de Instalación y operación de recipientes de presión (calderas), sean nuevos o usados, que se han otorgado.
No obstante, tanto el Ministerio de Salud, como la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, estarán velando por el fiel cumplimiento de estas disposiciones.
Esta reforma rige a partir del 26 de abril de 2017.